El Real Decreto 865/03 establece los criterios higiénico sanitarios para el control y prevención de la legionelosis. Dichos criterios deben cumplirse de cara a evitar la proliferación de la bacteria legionella. No todas las instalaciones de agua están obligadas a cumplir esta normativa. Existen una serie de sistemas de riesgo que por sus características, son más propensas a albergar y dispersar la bacteria.
Para el control de legionella, deben realizarse una serie de acciones que pasan por la limpieza y desinfección de los depósitos de agua y toda la red de distribución. Además, deben realizarse análisis periódicos del agua para descartar la presencia de la bacteria causante de la legionelosis. Hay diversos factores que pueden propiciar la multiplicación de la bacteria. Por ejemplo, las aguas que permanecen estancadas son un buen lugar para que se reproduzca, sobre todo a temperaturas entre 25 y 40 grados.
Para evitar esto, conviene que el agua esté en constante circulación. Si por algún motivo un depósito o acumulador de agua no va a usarse en un tiempo, debe dejarse vacío. Así, evitaremos que la legionella se reproduzca y contamine otras instalaciones.
La legionelosis es una enfermedad respiratoria que se contrae el inhalar microgotas de agua que contengan la bacteria. Estas microgotas pueden estar producidas por aerosoles o vapor de agua. Los sistemas de riego por aspersión son un claro ejemplo de sistemas que producen microgotas. Al expulsar agua a grandes presiones, produce estas «gotitas» que pueden ser inhaladas por un viandante. Si el agua que expulsan estos sistemas de riego proceden de una instalación contaminada, se puede provocar un brote de legionelosis.
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